De acuerdo con el Decreto Supremo Nº4492 de 21 de abril de 2021, se modifica el monto de internación y salida de divisas al y del territorio nacional de acuerdo al siguiente detalle:
- De 0 a 10.000 dólares americanos o su equivalente en otras divisas.
No es necesaria una declaración ante autoridades bolivianas.
- De 10.000 a 20.000 dólares americanos o su equivalente en otras divisas.
Es necesario realizar la declaración y registro en el Formulario Nº250 del Banco Central de Bolivia (no se pagan impuestos), el formulario digital está en la siguiente dirección (link/liga):
Asimismo, se encuentran módulos de la Aduana Nacional en los puertos de ingreso oficiales al país (Aeropuertos internacionales y fronteras).
- De 20.000 dólares a montos mayores de dólares americanos o su equivalente en otras divisas.
Es necesario realizar la transacción a través de Entidades de Intermediación Financiera reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI.
Ciudad de México, junio de 2021